miércoles, 7 de octubre de 2009

Aprueban en comisión despenalziar el aborto eugenésico.

La comisión especial revisora del Código Penal acordó ayer —por cuatro votos a favor y dos en contra— despenalizar el denominado aborto eugenésico, es decir impedir el nacimiento de un feto que clínicamente ha sido diagnosticado con malformaciones congénitas. Del mismo modo, la propuesta señala que podrían abortar las mujeres que han sido víctimas de violación sexual.
El Código Penal contempla actualmente una pena privativa de libertad no mayor a tres meses para sancionar estos casos.

A favor de la propuesta votaron Rosa Mavila, miembro de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Lima (CAL); Víctor Prado, representante del Poder Judicial; Luis Bramont, de la Asamblea Nacional de Rectores, y Ricardo Váscones, del Ministerio de Justicia.

En el caso del aborto eugenésico, ellos argumentaron que a una mujer no se le puede imponer la carga de tener un hijo “que se va a morir”.

En contra de la propuesta votaron Arsenio Oré, miembro del CAL, y Fernanda Ayasta, representante del Ministerio de Justicia, quienes argumentaron que debía protegerse la vida del niño concebido, independientemente de las circunstancias.

El presidente de dicho grupo de trabajo, el congresista Carlos Torres Caro (No Agrupado), lamentó la decisión. Explicó que esta propuesta forma parte del proyecto integral que se presentará al Congreso una vez que concluya la reforma del Código Penal.

La propuesta de despenalizar el aborto hasta la duodécima semana de gestación fue rechazada. Actualmente, el aborto terapéutico ya está despenalizado.

CONTRADICCIÓN
Durante la sesión anterior se informó que la posición del Ministerio de Justicia era contra la despenalización del aborto. Sin embargo, uno de sus representantes votó a favor.
Este Diario intentó comunicarse con el ministro de Justicia, Aurelio Pastor, pero no respondió el teléfono.

El médico Luis Solari dijo que la despenalización es una vergüenza para el Congreso.
El movimiento feminista Manuela Ramos, en cambio, celebró la aprobación del proyecto.

QUÉ DICE LA LEY
Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. Toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.Artículo 2, Constitución Política del Perú.

REACCIONES
“Todos tenemos derecho a la vida. La ciencia ha avanzado tanto que uno no sabe si un niño se podrá recuperar. Este planteamiento se debe reconsiderar”.MICHAEL URTECHO. CONGRESISTA

“Desde la concepción hay vida y la Constitución la protege. El sistema jurídico protege al más débil. Se pueden plantear acciones de inconstitucionalidad”.NATALE AMPRIMO. CONSTITUCIONALISTA

3 comentarios:

  1. pero en que mundo vivimos, si ahora se permite eso, cuantos abortos existiran en los proximos años, se entiende la preocupacion que pueden sentir las gestantes al saber que su bebe viene con problemas pero no son quienes para decidir si vienen al mundo o no, yo creo que ese concebido tiene muchos derechos y de hecho debe estar gritando desde adentro que no lo maten a traves del aborto terapeutico, tomemos conciencia al respecto y seamos un poco mas humanos, entendamos que ese bebe con un poco de amor estaria feliz en esta vida.

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  2. No creo la conveniencia de legislar estas figuras. Estas tienen un arraigo constitucional, no sólo, son las normas del código penal.

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  3. bueno, no es que esté a favor del aborto pero creo que la pena que actualmente se establece en el codigo penal es irrisoria ya que la sanción no va más alla de los tres meses, con lo que la madre aun cuando el codigo establesca una sanción hara lo necesario para librarse del hijo que posiblemente no lo quiera ya que en cualquiera de los dos casos es contra su voluntad, asi mismo es necesario tenerr en cuemnta que la constitucion protege el derecho a la vida tambien protege el derecho a decidir de la madre, por lo que el tribunal constitucional deberia pronunciarse al respecto haciendo uso del tes de proporcionalidad.

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