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viernes, 13 de noviembre de 2009

Derechos Reales - Entrevista al maestro Jorge Avendaño Valdez

Preguntas y entrevista elaboradas por:

  • Ricardo V. León Aguilar
  • A. Teresa Santillán Valqui
  • Jorge L. Romero García

Directorio Centro de Estudios

del Desarrollo Iuris Albus

Agradecimiento:

  • Henry Flores Cortez (UPN)
  • Abogado Reyler Rodríguez Chávez
  • Instituto Derecho y Empresa (ide)

CEDEIA - Cajamarca

lunes, 2 de noviembre de 2009

Entrevista a Juan Espinoza Espinoza

Un agradecimiento especial al maestro Juan Espinoza Espinoza

por habernos prestado parte de su tiempo. Agradecemos también al

abogado Reyler Rodríguez Chávez, presidente del

Instituto Derecho & Empresa (ide), organizador del diplomado en Derecho Civil

trayendo tan insignes juristas peruanos.

Directorio CEDEIA- Cajamarca

Cajamarca, 02 de noviembre de 2009

martes, 8 de septiembre de 2009

Arresto ciudadano.

Por Germán L. Dávila Gabriel

1.- Amparo legal

A través de la Ley Nro. 29372 del 9 de Junio de 2009, entra en vigencia a nivel nacional el arresto ciudadano en flagrante delito, estipulada en el Art. 260 del Código Procesal Penal, aprobado por D. Leg. 957

2.- ¿Qué se entiende por arresto ciudadano?

• Es cuando una persona o un grupo de personas arrestan a un “delincuente” que es sorprendido cometiendo (flagrancia delictiva) un delito.

3.- Supuestos de Flagrancia.

Los supuestos de flagrancia son:

a.- La realización de un hecho punible es actual y en esa circunstancia el autor es descubierto, o
b.- Cuando es perseguido y capturado inmediatamente de haber cometido el delito o,
c.-Cuando es sorprendido con objetos o huellas que revelen que acaba de ejecutarlo.

4.-Procedimiento para el arresto ciudadano.

Una vez arrestado un delincuente que sea sorprendido cometiendo un delito flagrante:

a.- Entregarlo, inmediatamente al arrestado y las cosas que constituyan el cuerpo del delito a la comisaría o policía más cercana, (se entiende por entrega inmediata el tiempo que demanda el dirigirse a la dependencia policial más cercana o al policía que se halle por inmediaciones del lugar).

b.- En ningún caso, el arresto realizado significa que se pueda encerrar o mantener privada de su libertad a una persona, ya sea en un lugar público o privado hasta su entrega a la autoridad policial.
c. En la comisaría, la Policía redactará un acta en la que se hace constar la entrega de la persona que cometió un delito flagrante y las demás circunstancias ocurridas de la intervención.

d.-En caso de una falta o de un delito sancionado con una pena no mayor de dos años cárcel, luego de los interrogatorios y demás actos de investigación, podrá ordenarse una medida menos restrictiva o su libertad, ( a cargo del Fiscal- defensor de la legalidad).

5.- Características del arresto ciudadano.

Son las siguientes:

a) Es una facultad y no una obligación del ciudadano, (s).

b) Sólo procede en caso de flagrancia delictiva en sus tres supuestos (flagrancia propiamente dicha, cuasi flagrancia y flagrancia presunta).

c) No procede por hechos punibles constitutivos de faltas (interpretación restrictiva y principio de taxatividad, no es permitida la analogía para calificar el hecho como delito o falta inaplicabilidad de la analogía cuando se trata de restringir derechos).

d) No autoriza a los ciudadanos a interrogar y a ejercer violencia física y/o amenaza contra los arrestados.

e) No permite registrarlos a los arrestados a efectos de buscar pruebas adicionales (registro personal y domiciliario).

f) Pude ser utilizada la norma por una persona civil, por un grupo de ciudadanos organizados para proteger la seguridad de zonas urbanas o rurales (rondas campesinas, rondas urbanas, juntas vecinales) y por personal de serenazgo.

6.- Ventajas.

a.- Combate a la delincuencia ante la insuficiencia de efectivos policiales en el país.

b.- Es una herramienta útil para el personal de serenazgo quienes pertenecen a las municipalidades)que por mandato legal tienen funciones de seguridad ciudadana), ya que en sus intervenciones contra la delincuencia ya no se requerirá la presencia de un efectivo policial para validar la detención.

c.- Posibilita que los delincuentes sean identificados, los ciudadanos podrán identificarlos en sus barrios.

d.- Se podrá conservar los medios o efectos del delito cometido hasta que el delincuente sea puesto a disposición de las autoridades competentes.

e.- Esta figura del arresto ciudadano es útil si se usa adecuadamente.

f.- Con esta norma ya no serán pasibles de denuncia contra el ciudadano (s) que arresta (n) al delincuente.

7.- Desventajas.

a.- Se ha advertido la poca difusión que se ha dado de su contenido y la posibilidad de que la norma pueda dar lugar a excesos y abusos (venganza con sus enemigos).

b.- Que, si bien es importante la participación de la población en la conservación del orden, esta norma arriesga la integridad física del ciudadano, ya que, en los últimos años, la delincuencia se ha profesionalizado (crimen organizado) y existe un incremento del uso de armas de fuego, del sistema de internet y otros, por parte de los que actúan al margen de la ley.

c.- Para proceder al arresto ciudadano, de todas maneras habrá el uso de la fuerza (violencia) porque ningún delincuente permitirá concurrir a la comisaría de manera pacífica salvo excepciones, generando así denuncias contra los que deciden arrestar a una persona en flagrante delito.

d) Los ciudadanos no tienen condiciones, entrenamiento y preparación semejante a la policía para detener a una persona en flagrancia, lo que los expondría a afectaciones en sus derechos.

e) Su aplicación podría generar un sustancial descuido en la labor de la PNP, principal órgano de detención de delincuentes y parte esencial del sistema de seguridad ciudadana.

f) Su mala praxis podría desnaturalizar y convertirla en instrumento de la justicia por mano propia, o practicarse ante una amenaza de comisión de un delito, o ante la simple sospecha de su realización.

g) Su mala aplicación podría afectar el principio constitucional de la presunción de inocencia.

8.- Pinceladas del arresto ciudadano.

*Algunos críticos sostienen la falta de una cobertura constitucional expresa al arresto ciudadano, pues consideran que según la Constitución Política del Estado, solo puede detenernos un policía en flagrante delito o por mandato judicial debidamente motivada, no se le da esta potestad a los civiles; sin embargo, permítanme discrepar con tal opinión ya que de conformidad con el Art. 2 Inc. 24 parágrafo de la Carta Magna, se permite la restricción de la libertad personal en los casos previstos por ley, como es la ley de arresto ciudadano.


*Por otro lado cabe preguntarnos el arresto es una Detención?, de igual manera hay discrepancias y a modo de reflexión señalo:

A). La detención es una privación o restricción de la libertad.

B). El arresto también es una restricción de la libertad ambulatoria; no existe un intermedio entre ambos.

* El arresto ciudadano no opera en caso de faltas, por la interpretación restrictiva y principio de taxatividad, no es permitida la analogía para calificar el hecho como delito o falta, inaplicabilidad de la analogía cuando se trata de restringir derechos en materia penal


¡Si piensas distinto podemos compartir tu criterio!

viernes, 14 de agosto de 2009

COLLASUYO




Por: Teresa Santillán Valqui



Luego de mi regreso a Cajamarca de Chachapoyas, sentí que me faltaba algo importante que allá no había hecho. Y en efecto, me faltaba la conexión con la tierra y toda la naturaleza, con la mama pacha, mama killa, wayra y yacu[1]; los cuales habían sido tan generosos con mis abuelos, sin embargo no lo sentí, debido quizá a una negligencia mía.



Como todas las tardes nos encontramos con Ricardo, y después de tiempos decidimos visitar a los amigos de la academia quechua. Ellos, que habían sido una parte importante en nuestra vida, pues nos ayudaron a comprender un poco más la situación en los lugares alejados de la ciudad. Ese día nos invitaron a dar un paseo por el cerro Hualgayoc, sin pensarlo dos veces aceptamos, ya habíamos ido antes y no teníamos ningún problema en volver, al contrario lo deseábamos férreamente, eso creo.



Al día siguiente llegamos increíblemente a tiempo, al INC. Pero aun no había llegado el profesor Dolores. Él nos enseño el dialecto quechua. Cuando llegó, nos dijo que íbamos a ir con un amigo suyo de la capital, eso ya lo sabíamos, lo que nos causo impresión fue el aspecto del actor, era algo descarnado, su rostro delataba sus raíces indígenas, al igual que su cabello largo azabache. Se presento con el apelativo de Kuntur, seguido de un nombre que no recuerdo.



En el camino hasta alto Chetilla, lugar donde se encuentra el Apu Hualgayoc, conversamos sobre temas relacionados a la espiritualidad de las cosas, de volver a nuestras raíces. Nos sorprendió cuando Kuntur menciono que en la Universidad San Marcos se había dejado de lado las discusiones sobre Marxismo, Trotskismo o sobre partidos políticos de derecha e izquierda. Ahora se acaloraban las conversaciones, en cuanto si seguimos bajo el camino ininterrumpido de la hegemonía occidental; visto este desde todos los puntos de importancia tanto económico, social y político o, si sería necesario regresar al Tawantinsuyo.



Particularmente pensé que se trataba de una broma, o de las sandeces de este tipo, pero cuando nos dijo que ese día íbamos a hacer nada menos que la refundación del Tawantinsuyo en lo alto del Hualgayoc, y que empezaría por el Collasuyo en uno de los lugares más importantes, Cajamarca. Me quede pasmada con una sensación entre inquisitiva, y algo emocionada. ¡Íbamos a ser personas de leyenda como Manco Capac y Mama Ocllo o como los hermanos Ayar!



Nos enseño algunas de las indumentarias que traía para realizar el rito y una de las cuatro varillas que irían enclavadas en cada Suyo, como muestra de la famosa refundación. Sin dudar para nosotros era un hecho histórico.



Cuando llegamos, nos preparamos para subir ese grandioso cerro que desde la carretera parecía tan empinado y accidentado. Iniciamos la caminata acompañados de fuertes vientos, que desaparecieron al poco tiempo de hacer un pequeño ritual de permiso. Aunque Ricardo indicó que eran lo árboles los que nos protegían. Parecía que hace mucho tiempo nadie había subido a este Apu. El camino había desaparecido a causa del gran tamaño del ichu, el crecimiento de los árboles y de plantas espinosas, estas últimas con las que me lleve muy mal en ese viaje. Pero para poder llegar fuimos por donde nuestro instinto nos llevo, recordando vagamente por donde fuimos la primera vez.



Éramos seis personas, yo era la única mujer, pero no me hacia problemas para subir (lo que si me causa problemas siempre son las bajadas). Tuvimos que cogernos de todas las ramas posibles. Yo iba detrás de Kuntur y detrás de mi estaba Ricardo, siempre cuidándome con ese afecto entre paternal y amoroso. Kuntur era algo torpe para movilizarse en el campo. Así que decidí esperar que suba para luego ir yo, pues daba la impresión que en cualquier momento iba a caer sobre los cuatro que estábamos detrás, pues la cuesta empinada ocasionó que trepáramos en fila india, impidiendo que subiéramos rápidamente.



En la cima del Apu, luego de un corto descanso iniciamos la ceremonia. El pago a la mama pacha, con una mesa llena de frutas --que con Ricardo pecaminosamente queríamos comer, pero que conscientes de donde estábamos no lo hicimos; pues pensábamos que el cerro con su poder, podría hacer que nos cayéramos. Así que lo pensamos bien y nos quedamos de hambre hasta bajar--, también habían flores aromáticas, ricos caramelos, además de la tradicional coca y chicha de jora.



Inició el profesor Dolores en runa shimi “Tayta Inti, mama pacha, mama killa, mama coya, turi wayra, yanasa yurakuna, a yaya…” mencionando a todos los astros, cerros que rodean Cajamarca y naturaleza, agradeciendo lo bueno, pidiendo que se solucione lo malo, implorando bendiciones por cada uno de nosotros, actitud que todos agradecimos.



Lo que sucedió en el transcurso de la bendición de la mesa, creo nos motivo a todos. El viento empezó a silbar con ritmo y hasta me atrevería a decir, con una dulce melodía que respondía nuestras peticiones cantando al compás de los instrumentos que tocábamos. Luego increíblemente vimos que sobre nosotros sobrevolaba una impetuosa águila, que nos cubría con sus colosales alas. Esto sucedió por dos oportunidades.



En el cielo no había nube alguna. La neblina que nos habíamos acostumbrado a ver con Ricardo en cada paseo que hacíamos a Chetilla, había desaparecido. Así que desde ese majestuoso otero, veíamos a todos los cerros, observando en el horizonte como estos se perdían en un juego de colores entre verdes y pardos.



El momento más legendario en estos tiempos sería al final del ritual, donde clavaríamos una de las varas que mencione en un principio, refundando el Collasuyo.



Luego de enterrar las ofrendas, incrustamos esa vara cogida por todos los que estuvimos allí (excepto los que estuvieron grabando desde que partimos de Cajamarca) concentrando nuestras energías en esa vara que poco a poco bajábamos. Sin duda eso sería leyenda, parte de la historia que todos en adelante deberían de estudiar o, anécdotas que contaríamos a nuestros hijos y nietos.



Llegada la hora de partir, di un profundo suspiro al ver el camino de regreso, pues si la subida había estado un tanto complicada, la bajada iba a estar peor. Por esto decidí ir al final, por precaución. Teníamos que buscar ayuda en la plantas, en un mal paso ellas nos sostenían.



El cerro Hualgayoc es muy respetado en Alto Chetilla, por su poder y por la historia que guarda en sus entrañas. Ahí se han encontrado tumbas perfectamente elaboradas en piedra de forma rectangular, unas en el suelo, cubiertas con piedras lisas y otras en lo alto, como empotradas en el cerro y de difícil acceso. Las que pudimos ver estaban vacías. La gente dice que es a causa de brujos maleros. Las pocas momias que pudieron ellos encontrar, fueron llevadas al colegio de la comunidad para su exhibición.



Quizá Hualgayoc haya sido el lugar de reposo eterno para los gentiles, un terreno ajeno al que no debimos entrar, o un secreto que se revela a ultratumba. Eso fue lo que mostro el Apu en la refundación que hicimos, lo inédito de una situación, que se descubre al alba de las ideas de volver a lo histórico. Satisfecha por el sólo hecho de estar ahí, regresábamos sintiendo los golpes del viento en la cara, y molestos dolores de rodilla al bajar. Imaginábamos con Ricardo que ese sería un lugar perfecto para evitar alguna emboscada, un lugar sagrado al que tendríamos que volver.



[1] Mamá tierra, mamá luna, aire y agua – quechua cajamarquino.