jueves, 12 de noviembre de 2009

Habeas Corpus a favor de menores hijos retenidos por su padre - Caso: SHELAH ALLISON

Demandante es ex integrante de la selección nacional de basquet

Al haberse acreditado la vulneración de los derechos a la libertad individual, a la integridad, a tener familia y no ser separado de ella, a crecer en un ambiente de afecto y de seguridad moral y a la eficacia de las resoluciones judiciales, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por doña Shelah Allison Hoefken, a favor de sus dos menores hijos, retenidos irregularmente por su padre. Esta es la primera vez que el TC se pronuncia en un caso como éste, debido a la particular circunstancia que amerita tutela constitucional.

En la sentencia recaída en el Expediente Nº 01817-2009-PHC/TC, el Tribunal ordena al padre de los niños, don Juan Manuel Fernando Roca Rey Ruíz Tapiador, cumpla con entregar de manera inmediata, al menor identificado con las siglas J.A.R.R.A. a su madre, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas previstas en el artículo 22º del Código Procesal Constitucional y ser denunciado por el delito de resistencia a la autoridad, respecto del otro menor, éste ya fue entregado con fecha 3 de marzo del 2008, a mérito de una medida cautelar judicial.

El TC también ha dispuesto oficiar al juez del Trigésimo Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, para que, conforme a lo resuelto por este Tribunal, ejecute de manera inmediata la presente sentencia, con todas las garantías que le otorga la ley; así como los apremios en caso de resistencia.

Así mismo, el TC ordena al Director General de la Policía Nacional para que se preste de manera inmediata al mencionado Juez el auxilio de ley, a fin de ubicar al menor identificado con las siglas de J.A.R.R.A. y sea entregado a su madre, facultándose el allanamiento y descerraje del domicilio del emplazado o cualquier otro domicilio donde se pueda encontrar el menor, o cualquier otra medida a fin de que la presente sentencia sea ejecutada de manera inmediata en sus propios términos.

En sus fundamentos de la sentencia el TC considera que, con los sendos protocolos de pericia psicológica que obran en el expediente, se encuentra demostrado que el comportamiento del demandado también ha vulnerado el derecho de sus menores hijos a crecer en un ambiente de afecto y seguridad moral y material, pues del contenido de ellos se puede concluir que la personalidad de los menores no se están desarrollando de manera plena, armoniosa e integral, pues los actos del demandado, además, de no respetar las normas básicas de convivencia, han ocasionado que tampoco estén creciendo en un ambiente de afecto y comprensión, pues no les ha permitido ver e interactuar con su madre.
Para ver la sentencia del Tribunal Constitucional hacer click: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01817-2009-HC.html

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